HELENO siNA la Alemania occidental -tan positivo y fecundo en muchos aspectos- contribuye a aumentar la arbitrariedad y confusión en la interpretación y aplicación práctica de la Ausl/indergesetz. Por regla general, puede decirse que los Land de mayorla socialdemócrata -como Hessen- son los más abiertos y tolerantes, y los de tradición crlstlanodemócrata los más dlscrlmlnatlvos y cerrados. Baviera es sin duda la región que más hostilidad muestra hacia los extranjeros. «Nuestras autoridades -resume el jurista Heldmann- han confirmado lo que siempre han negado: que los extranjeros residentes en la República Federal -por Jo menos aquellos que no figuran entre los poderosos del mundo- están Irrevocablemente sometidos a toda clase de arbitratledades• (4). Las consecuencias más importantes de la discriminación juridico-legal son las siguientes: 1) El permiso de estancia es concedido casi siempre por un periodo limitado de tiempo -un afio generalmente- y renovado sólo en función de un contrato de trabajo. La ley alemana ve al extranjero no como persona Integral, sino como productor. No existe ninguna ley que garantice a los extranjeros el derecho permanente o ilimitado de residencia, que no hay que confundir con el derecho de estancia ·provisional. La Ausl/indergesetz es clara en este sentido: «El permiso de estancia puede ser limitado a posterior! en el espacio y el tiempo y sometido a condiciones y tributos determinados.> El Land de Baviera justifica la limitación del derecho de estancia con motivos • humanitarios>: «Esta limitación es necesaria para mantener el vinculo necesario del trabajador extranjero con su patria y su familia> (5). :?.) Los obreros extranjeros pueden ser expulsados de la República Federal cuando «su presencia en el territorio federal entra en conflicto con los intereses del Estado o de la colectividad>. Lo que los Intereses del Estado o de la colectividad son. los determinan naturalmente las autoridades. Se trata de un párrafo jurldico de goma que confiere a los tribunales y a la policia poderes prácticamente ilimitados sobre los inmigrantes. 3) La carencia de un status residencial sólido arroja al extran- (4) Hans Heinz Heldmnnn, «Die Neue Ordnung unserer Sicherheit oder: Die Gewohnung an der Poltzetstaat», en Vor,riinre, 1973/2, p. 105. (5) C<LeitHnienBayerns zur Beschü.ftlgung van Auslü.ndern», en Die \Velt, 28 de abril de 1973. 66
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